lunes, 26 de julio de 2010

Homogeniedad del Marco Jurídico entre las Relaciones Exteriores de los Países

Hoy en día es comúnmente aceptada la idea y realidad acerca de leyes que rigen las relaciones internacionales entre países que a pesar de sus diferencias económicas, políticas y sociales persiguen un fin y objetivo común de bienestar humano.

Porque hago una referencia concreta y especifica en bienestar humano; Bueno prácticamente en una visión retrospectiva sobre los orígenes y la evolución del derecho internacional en el curso del siglo XX nos permite afirmar que se trata de una las áreas de la ciencia jurídica que experimentó mayor desarrollo e interés por parte de los juristas.

Por otra parte, la intensidad de su evolución se incrementa continuamente, abarcando temas cada vez más complejos que comportan un desafío intelectual para quienes abordan su conocimiento, explicación y marco de acción, ya que las relaciones humanas entre sujetos de distintas nacionalidades, de cultura diferente y pertenecientes a otro Estado obligan a estos últimos a intervenir mediante cuerpos legislativos de carácter y lenguaje normativo a procurar principios intrínsecos que vienen desde la misma y propia naturaleza del hombre.
Es importante hacer el señalamiento que además de consagrarse los problemas clásicos que son de su competencia, el derecho internacional comienza actualmente a profundizar en su fundamentación doctrinaria -lo que acarrea una relativa variación en su objeto-, teniendo en cuenta al mismo tiempo la realidad contemporánea, marcada por el dinamismo social y por la interdependencia entre las naciones. En ese sentido el marco jurídico se expresa a manera de leyes, tratados internacionales, declaraciones universales entre otras.
Antonio Boggiano , uno de los autores que más se han destacado, en las últimas décadas, por su especialización en derecho internacional, tanto público como privado expone en su obra, el singular incremento de las relaciones entre los Estados siguiendo tres enfoques principales:

1.- El primero de ellos apunta sobre la conveniencia de armonizar las normas jurídicas del derecho interno de los Estados con aquellas que componen el derecho internacional. La cual sin lugar a dudas representa un punto primordial para el respeto a la independencia y soberanía del ordenamiento jurídico de cada País, donde a base de convenios, asambleas y foros se trata de encontrar ese “equilibrio” entre las normas de derecho y axial no se presenten contradicciones.

2.- El segundo enfoque recae sobre el estudio y descripción de las relaciones entre los diversos sujetos del derecho internacional procurando su tipificación y el esbozo de soluciones progresistas de acuerdo con la categoría de tales relaciones. Es decir su entorno social, que a causa del dinamismo existente y fenómenos mundiales como lo es la globalización estamos por hoy día a día con la necesidad de definir dichas relaciones y solventar las controversias que pudiesen surgir de las mismas.

3.- Por último el tercer enfoque consiste en el análisis comparativo de los lineamientos genéricos que caracterizan los ordenamientos jurídicos de los diversos Estados. El propósito es establecer la jurisdicción competente para resolver los eventuales conflictos sujetos a diferentes ordenamientos jurídicos locales, y, como solución alternativa, se considera la viabilidad de una coordinación de jurisdicciones. He aquí de la llamada homologación del marco jurídico perteneciente a este ensayo.

Por eso a criterio muy personal el destacar, en forma precisa y detallada, el rol que desempeñan las Instituciones Nacionales y los diversos Organismos Internacionales en este proceso mundial relativamente novedoso, el derecho internacional tanto público como privado en su ámbito de competencia particular sirve de sustento y pilar, para garantizar los principios regidores de las relaciones exteriores de los países.

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Hablar de temas actuales en materia de Derecho Internacional (tanto público como privado) dificulta de cierta medida una gran serie de contrariedades que confunden la psique del mexicano común donde materias como la sociología y la economía son protagonistas encargados de disputar enormes batallas de una guerra en ocasiones que pareciera "sin fin". (Véase por ejemplo el caso de Arizona con la Ley SB 1070)
Por lo cual dándome a la tarea de actualización; rescato un breve ensayo elaborado por el año de 2008 cuando me encontraba en una convocatoria pública para el Servicio Exterior Mexicano el cual titule:

" HOMOGENIEDAD DEL MARCO JURIDICO ENTRE LAS RELACIONES EXTERIORES DE LOS PAISES "
Con la finalidad de no ir más alla de un breve análisis reflexivo de una observada situación de índole internacional.