viernes, 28 de mayo de 2010

Observación Social de un Sector "Olvidado"...

Poniéndome al corriente con la actualización correspondiente de mi blog abro la entrada con respecto a mi opinión pública personal del caso que suscitó las manifestaciones vertidas por los indígenas Cucapah en las oficinas del Ejecutivo Estatal lo cual se realizó de una manera molesta pero pacífica.

Debo de confesar que no estaba muy bien enterado de la situación que acontecía y las diversas consecuencias de Derecho que se presentaron de inicio a estos pescadores con carácter de indiciados, pero al día de hoy recibí de manos de una jovencita indígena una cuartilla donde exponía brevemente la situación de los hechos acontecidos, la tome con cierto interés para darle una lectura reflexiva.

Obviamente nadie ni UD. ni Yo (sólo nuestro Creador y los Pescadores) saben con certeza sus verdaderas intenciones respecto a la totoaba ó totoabas que se encontraron en la panga de los mismos (se dice que fue una pero no hay certeza mas allá de la siempre presente duda razonable).

La totoaba, para los que no estamos familiarizados con ésta clase de peces y sólo conocemos unas cuantas especies dignas de un acuario pequeño personal a manera de mascotas hogareñas (en ocasiones algo pintorescas he de admitir); es un pez endémico característico del Golfo de California, esto es, que nada más existe de manera silvestre en este sitio. Llega a medir 2 metros, pesa hasta 130 kg. Anexo foto para presentación:

Lo cual podemos deducir por nuestra observación que dicho pez es: grande y altamente comestible. Los datoa actuales y diversos estudios realizados arrojan que dicho pez se encuentra en un rango DE NO PELIGRO DE EXTINCIÓN pero en una escala categorizada de CRíTICO CUIDADO, inclusive recuerdo en mis épocas de estudiante en UABC que se comentaba la implementación de un establecimiento para las crías en cautiverio desconozco si a la fecha se encuentre funcionando ó se ha unido a la lista de esos tan afamados proyectos que se quedan en el olvido. Personalmente no considero demás señalar refiriéndome a la totoaba que es un platillo que se vende bastante caro en los restaurantes por lo general de mariscos, pudiera cruzar por la mente de los pescadores la comercialización no creen?.

En fin, aquí el punto medular que constriñe con certeza es: ¿ Si los derechos de dichos pescadores indígenas fueron transgredidos de manera directa y arbitraria por nuestras notorias y tan destacables Autoridades?.

Honestamente cual pudiese ser mi opinión al respecto de la cuartilla que me fue entregada por niños indígenas que dudo conozcan con toda certeza lo que viene allí escrito. Es el hecho que las declaraciones sometidas a opinión pública, ONG’s y Medios de Comunicación redundan en manifestar puntos concretos procedentes de la materia jurídica:

1.- Una disposición al Ministerio Público Federal.- Por la Jurisdicción del Delito.
2.-Una consignación extremadamente mas rápida de lo usual pero dentro del marco legal.
3.- Una supuesta falta de aviso a (UESAASI) Unidad Especializada para la Atención de Asuntos Indígenas.
4.- Falta de la declaración de los militares que “no atestiguaron” los hechos que constataron ya que fueron los participes directos de la detención de los pescadores.
5.- Procedimiento irregular respecto a la falta de presentación de testigos que vierten sus manifestaciones en el sentido que los pescadores no hicieron la captura de dicho pez en la Zona Núcleo de la Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California-Delta del Río Colorado.
6.- La falta de la “supuesta” corroboración de los elementos por el H. Juez 2do. De Distrito en Mexicali Baja California, José Avalos Cota quien dicta Auto de Formal Prisión sin derecho a libertad bajo caución con un trato similar a -cito textualmente: “COMO SI FUERAN LOS PEORES CRIMINALES” ante un hecho de una pesca meramente “incidental” y de presuponer aislada.

Como se podrá constatar lector existen distintas vertientes dentro de este complejo caso y como todo las hipótesis y los razonamientos son notorios en tomar ciertas parcialidades.


El hecho aquí que conllevó mi interés fue que la casi extinta etnia Cucapah que se encuentra en un "OLVIDO" social aparante, optó por manifestarse en las Oficinas de Ejecutivo Estatal testimonio que corroboro fehacientemente y del cual me percato de los hechos transcurridos durante el transcurso de la semana próxima a terminarse; al ser uno de los afortunados de escuchar los cánticos característicos ceremoniales de la etnia a todo volumen y con bocinas extremadamente considerables en tamaño y potencia: una si he de catalogar “manifestación molesta” pero pacífica para mostrar su completa inconformidad y repudio a la actuación de las Autoridades.

En fin, el sentimiento que ahonda en los particulares ciudadanos de Mexicali es en muchas ocasiones un sentimiento de indiferencia completa y desinterés al no estar enterados debidamente de este tipo de asuntos lo cual si bien es cierto, se actuó dentro de un marco de aparente “legalidad” puede ser catalogado si las circunstancias probatorias acreditan lo sustentado en conocimiento que se hace del caso, como un: ACTO DE DISCRIMINACIÓN ante la insensibilidad, incompetencia de las Autoridades en no tomar a consideración una condición económica y cultural de la etnia afectada en comento.

Cuan demasía se encuentra en dicha cuartilla entregada, la cual no ahonda en detalles claros, concisos que hagan presuponer una inocencia de los imputados (como es de esperarse), se manifiesta que dichos pescadores carecen de antecedentes penales y son además personas analfabetas cuyo conocimiento radica en la labor de pesca exclusivamente, tradición milenaria de dicha comunidad.

Es menester también señalar que dicho pueblo comenta que El Gobierno Municipal de Mexicali, la UEAASI, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la CNDH (Comisión Nacional de los Derechos Humanos), han brillado por su entera ausencia y no han mostrado apoyo o interés alguno en conocer dicho caso.

La Procuraduría de los Derechos Humanos al parecer solo hizo un acto de presencia al visitador adjunto y el Gobierno Estatal emitió un oficio sin aparente sustento al Poder Judicial Federal el cual originó la manifestación los días pasados en Oficinas Gubernamentales.

¡¡Vaya!! Tantos elementos sin sustento probatorio de culpabilidad o inocencia pero en fin, cumple con la generación del llamado a la opinión publica latente de la cual hoy su servidor es participe.

Para finalizar la cuartilla me llamo mucho la atención la forma de redacción y la manera en que abordaron un asunto de mediana trascendencia para la comunidad urbana pero tan importante para el sector afectado el cual opina con justa razón que no se le ha dado la difusión debida en los noticieros ó en los rotativos de la región; Sin embargo concluye el escrito que si bien desconozco al autor(es) que lo redactó(aron) pudiese considerar que cuenta con nociones básicas de Derecho.

Se concluye pues:
“EN UN PAÍS DE IMPUNIDAD, ESTO ES UN CASTIGO A LA POBREZA, ES INCREÍBLE QUE LA JUSTICIA MEXICANA LE IMPORTE MÁS UNA TOTOABA QUE LA LIBERTAD Y DERECHOS DE DOS INDÍGENAS CUCAPAH”.

Y Uds. Que opinan?

viernes, 23 de abril de 2010

Cambio en la fecha de inicio del NSJP en BC.

En la tarea ardua de mantener éste espacio actualizado con noticias de carácter jurídico, no fue de esperarse la lectura del rotativo de ésta mañana en La Voz de la Frontera cuya nota que el autor Javier Mejía titula: "Aprobó Congreso aplazar el sistema de justicia penal" el cual me permito poner el link correspondiente:

http://www.oem.com.mx/lavozdelafrontera/notas/n1607942.htm

para todo esclarecimiento de dudas y hacer la recapitulación correspondiente por tratarse de continuidad, con la anterior entrada en éste blog.

Creo de manera definitiva que la desmesurada cantidad de cambios y fechas de postergación sobre éste asunto en particular; puede llevar un trasfondo mucho más turbio dentro de la dinámica gubernamental, lo cual si bien es cierto es difícil de admitir sobre todo también lo es, de esclarecerse.

En fin una de las grandes consecuencias del Terremoto del 4 de Abril al parecer resultó ser la excusa idónea (obviamente con matices de fundamentación deseamos creer los ciudadanos) que originó este cambio.


A razón de lo anterior existen probabilidades que El Nuevo Sistema de Justicia Penal que lleva la implementación de Juicios Orales se contemple de forma "definitiva" (jajaja. como en otras diversas ocasiones antes del sismo) a iniciar el próximo Miércoles 11 de Agosto del presente año 2010.

Por eso en lo personal opto por citar a James Thurber:
"Una pizca de probabilidad tiene tanto valor como una libra de quizá"

Faltará esperar ver que sucede...

jueves, 15 de abril de 2010

De la Reforma Procesal Penal y Litigación Oral.

Después de la ausencia temporal y dada la inmensa cantidad de movimientos telúricos que han venido azotando la región desde el pasado Domingo 4 de Abril aproximadamente a las 3.40 de la tarde con el trabajo exhaustivo y cuestiones de índole familiar, vengo a darme un tiempo para escribir ésta nueva entrada.

Por hoy, vengo a platicar un poco acerca de la Reforma Procesal Penal, de la cual se ha venido comentado con gran auge y expectativa y de la cual nuestras Autoridades a falta de preparación (infraestructura, capacitación entre otras) no se habrían espacio alguno para el acuerdo de una fecha concisa de implementación. Al día de hoy a pesar de la gran cantidad de fechas pospuestas para su aplicación, su inicio se pretende para el próximo 3 de Mayo de 2010 (al parecer y si no hay cambios de último minuto); para esto notablemente las Instituciones Educativas han venido dando una importancia notable a los talleres de actualización para los abogados especializados en dichas áreas jurídicas (Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, Reformas Constitucionales, y Argumentación Jurídica) ello; sin lugar a dudas con una finalidad actual tendiente a romper ciertos "paradigmas" y tradicionalismos que han reinado durante mucho tiempo en las labores de los Juzgados.

Con anterioridad su servidor a participado en algunos talleres de actualización primeramente impartido por el Maestro Cesar Holguín Angulo y el día de ayer impartido por el Maestro Iker Xavier Ibarreche Pereda el cual a decir verdad con su gran elocuencia y gran capacidad de ejemplificar los cambios en ésta nueva reforma pude comprender con claridad el fondo del asunto: "El cambio en la metodología actual de Juzgar".

WOW! (que resumen de una plática de 3 hrs. en una primera sesión), podríamos exclamar con exorbitante júbilo y alegría al escuchar que se pretende dar un cambio radical en dicho proceso por parte de los Órganos Jurisdiccionales, más transparencia, menos corrupción y una Justicia más rápida y expedita para los hambrientos de la misma.

Pero realmente que es lo que veremos o más bien: ¿Que expectativas pudiésemos esperar de ésta nueva metodología procesal?, bueno aquí el argumento inicial que pretende esclarecer un poco la justificación de éste nuevo cambio son las garantías fundamentales de los principios regidores de todo "buen proceso" apegado estrictamente a la legalidad y tendiente al valor supremo de lo justo, principios tales como: imparcialidad, publicidad, inmediación (del cual enfatizó notablemente nuestro expositor), concentración, continuidad, y por último esencialmente la oralidad.

La oralidad en la metodología de las audiencias viene a ser notablemente novedosa y un reto bastante digno de vencer por parte de los juristas, estudiosos del derecho, fiscales, juzgadores y abogados en general para que, en base a su exposición argumentativa oral poder persuadir y exponer que la misma razón asiente conforme a Derecho.

Pero como todo en la vida encontramos esos llamados "puntos finos" a visualizar dentro de éste Nuevo Sistema de Justicia Penal a mi muy real entender dichos puntos redundarían en lo siguiente:

Primero.- La presunción de inocencia del indiciado.
Segundo.- Presentación y Valoración de los Medios Probatorios. Y por último el
Tercero.- La implementación de las denominadas "Medidas Cautelares".

Empiezo exponiendo brevemente mi razonamiento:
En cuanto a la presunción de inocencia de un indiciado, a prima facie encontramos que "Todo mundo es inocente, hasta probarse lo contrario" éste punto obviamente no sufre cambio alguno dirían los abogados defensores; sin embargo en el aspecto cultural, sociológico y de la psique del mexicano común es, realmente muy difícil visualizarlo de esa manera dado que las situaciones de hecho y derecho vienen siendo cosa muy distinta en la realidad social adyacente. Ejemplifico lo anterior con un caso de un delito flagrante en donde el sujeto activo del delito ha sido identificado, y grabado por una video-cámara del establecimiento. Este burdo y sencillo ejemplo traería como análisis varias cuestiones, y elementos partícipes del proceso penal: Víctima del delito, Testigos oculares, y policías en caso de la aprehensión de ipso facto (lo cual raras veces llega a suceder). Y es aquí notable lector donde pasamos al segundo punto.

¿Cuáles son los medios probatorios?- preguntaría yo. Pues, podrían ser los partes informativos de lo asentado por el(los) policía(s) partícipe(s) en la detención del "posible delincuente"(recordemos la presunción de inocencia en todo momento jeje), testimonios de los testigos oculares y por supuesto de la víctima, así como la participación en caso de aplicar de los peritos y su asiento en los dictámenes periciales contestarían sin temor alguno cualquier estudiante de derecho. Pues No!! lo anteriormente mencionado no serían considerados como elementos probatorios simplemente serían considerados como meros "ANTECEDENTES". Vaya! algo innovador y bastante complicado no? pero cierto! definitivamente todo se reducirá al comportamiento, asiento y manifestación oral en las audiencias a efectuarse, rompiendo de manera total y rotunda con el dicho: "papelito habla" que decir más aún de un expediente de mil y tantas fojas útiles. Notable contrariedad presupone esto, pero bueno creo que es más que evidente presuponer que lo ideal es que debe existir total y rotunda congruencia e igualdad de lo asentado en los dictámenes, partes informativos etc. con lo expuesto en la audiencia de control de detención y concretamente en una formulación de imputación, pero... ¿De no ser así? - estaríamos únicamente a favor de una postura "paperless" pero no práctica.

Por último para evitar extenderme más de lo necesario las controversiales "medidas cautelares". Etimológicamente, la palabra medida, en la acepción que nos atañe, significa prevención, disposición; prevención a su vez, equivale al conjunto de precauciones y medidas tomadas para evitar un riesgo aparente. En el campo jurídico, se entiende como tales, aquellas medidas que el legislador ha dictado con el objeto de que la parte vencedora no vea afectados sus intereses conforme a derecho, pero de las medidas cautelares ubicadas en el artículo 167 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California el Ministerio Público, una vez que se le haya dado la oportunidad de rendir su declaración y bajo las condiciones legales pertinentes justificando y argumentando oral e invariablemente la necesidad de las mismas podrá solicitar al Juez su aplicación.

Lo delicado de éste último punto, sería una clara distinción en los denominados DELITOS GRAVES y NO GRAVES, de los cuales el catálogo de los primeros con la reforma implementada ha sufrido una disminución considerable, habrá que retomar los casos de aplicación de una prisión preventiva ó garantía económica tomada como medida.

Por esto y otras razones a manera de resumen es necesario considerar 2 conceptos finales totalmente diferentes: PROCESAR / CONDENAR. Para procesar a un indiciado basta con contar con simples datos, para condenar es necesario la probanza más allá de toda duda razonable. Al momento del cierre de una investigación el Ministerio Publico presentará un escrito de acusación el Juzgado notificará dicho escrito a las partes de acuerdo a los términos legales establecidos entre audiencias y podremos estar ante un auto de apertura de Juicio Oral que iniciará en sí propiamente el JUICIO.

Es a consideración genérica, que lo buscado aquí con estas reformas fue dar una celeridad en los tiempos legales y al método de juzgar que se venía llevando a cabo durante años lo cual pretende disminuir carga de trabajo en los juzgados y más labor jurídica a los Jueces y Agentes del Ministerio Público, recordemos que cada juicio propiamente estará precedido por 3 Jueces y las Partes antagónicas de la litis y su tiempo de resolución será disminuido aproximadamente de 4 meses a 1 año en los casos complejos.

¿Será positivo o no?... El tiempo lo dirá, habrá que ver como se suscitan las cosas. Yo por mi parte júrenlo que estaré presente en algunas audiencias (ya que serán públicas a excepción de las audiencias de orden de aprehensión y cateo por obvias razones) conforme mi tiempo me lo permita podré, dar una opinión acertada conforme a mi óptica personal de la cual desarrollaré una entrada al respecto para comentar ampliamente el desarrollo e implementación de éste Nuevo Sistema Penal tendiente a una mayor claridad y transparencia, menos corrupción y mayor celeridad en la Justicia.

viernes, 26 de marzo de 2010

"Criminalidad en México" - HECHOS... no!!! posturas, ni más declaraciones infundadas.

Empezando esta 2da. entrada del mes comparto la siguiente declaración hecha por nuestro Presidente Felipe Calderón Hinojosa en días pasados durante la Clausura del XXIV Encuentro Nacional de Vivienda al ser cuestionado sobre los grupos criminales cito textualmente:

"Que entiendan que los mexicanos no nos vamos a dejar dominar por una bola de maleantes, que son una ridícula minoría, montada sobre el miedo, la corrupción o la cobardía de muchos durante mucho tiempo. Aquí se toparon. Porque estamos decididos, precisamente, a limpiar a México".

Obviamente al común lector al percatarse de semejante declaración, se nos puede venir a la mente una gran serie de acontecimientos trágicos donde desafortunadamente es notorio el poderío y el alcance del crimen organizado en el País (casos de Cd. Juarez, Sinaloa, Monterrey N.L. y no lléndonos muy lejos la cd. de Tijuana B.C. - donde se ha declarado constantemente su inigualdad con el comparativo a Cd. Juarez - aunque su índice delictivo y las estadísticas nos indican lo contrario ya que van en aumento. Recordemos casos de extrema violencia con los decapitados expuestos en las principales vías tránsito por ejemplo).

Sin lugar a dudas yo en lo personal veo una realidad distinta y Gracias a Dios!! no he tenido tanto mi familia como yo, un percance o un encuentro desafortunado y peligroso con la criminalidad (por así llamarlo). Pero manifiesto que los cuidados y medidas de seguridad tanto personales han caído en un punto crítico por no decir paranoico, al viajar a ciudades donde es común el control evidente de las fracciones criminales al controlar territorios con otras bandas o disputas con las autoridades que terminen en balaceras (balas pérdidas y civiles desafortunados heridos o cuán más peor... muertos).

Los Grupos Parlamentarios como es bien sabido redundan e interpretan los comentarios expuestos por el Presidente para darles un trasfondo igual o distinto según convenga en la denominada "partidocracia" gubernamental ó en otras palabras intereses partidistas; sin embargo para tal efecto y expresando rotundamente ningún deseo por exponer convicciones políticas propias o situaciones controversiales de dichos temas quiero rescatar éste articulo de La Jornada el cual se titula:

Reprueban legisladores que Calderón considere "ridícula minoría" a narcos
http://www.jornada.unam.mx/2010/03/26/index.php?section=politica&article=008n1pol

Se preguntarán mi razón de rescatar un artículo de este tipo, bueno en primer término es mi blog jajaja, segundo vemos coherencia de los legisladores y en tercero considero de trascendencia informativa considerar las repercusiones que pueden traer este tipo de declaraciones ante el pueblo mexicano del cual formamos parte y no ir más allá en presuponer (no muy erróneamente) como lo tomarán las fracciones criminales que pudiesen traer como consecuencias numerosas vendettas.

En lo personal y con el debido respeto que se merece el máximo representante del Poder Ejecutivo Federal yo discrepo con él TOTALMENTE. Dado que mis argumentos sin afán de persuadir de manera alguna con un punto personal sería EN COMPLETA INCONFORMIDAD al calificar al narcotráfico como una minoría y de pilón "ridícula". Por Favor!! Sr. Presidente veamos estadísticas delictivas reales!!! la situación hoy en día es sumamente caótica y complicada la inseguridad que sentimos y vivimos todos los mexicanos es más que EVIDENTE sino, porqué invertir nuestro capital en "seguridad" y los políticos de altos rangos en escoltas y guaruras las 24 hrs.

A primera vista la realidad aparente refleja un escenario distinto dirán los legisladores entre ellos el Presidente del Senado Carlos Navarrete (PRD): Calderón está "engallado" (jajaja. solté mi carcajada al leer ese tipo de comentarios - pero irónicamente un percepción no muy ajena a la realidad). Nuestro Presidente ha declarado muchísimas veces una guerra abierta contra las fracciones criminales y redundo en la última parte de su declaración:

"Aquí se toparon. Porque estamos decididos, precisamente, a limpiar a México"
Y en éste último punto ES donde creo yo, que debe resumirse toda su declaración porque es la postura que SE NECESITA indudablemente en la actualidad pero las incógnitas preocupantes redundan en el tan desbordante y alarmante: ¿Cómo?

- Por eso nuestro C. Presidente de la República y Legisladores en lugar de analizar contextos declarativos e interpretarlos con frases y términos de la clase de "engallado"; YO LOS INVITARIA a que busquen nuevas formas jurídicas y legales para luchar contra este fenómeno social que tiene su origen principal en situaciones económicas de manera primigenia y en términos de corrupción y tráfico tanto de drogas e influencias por parte de las corporaciones policiales que en primera instancia DEBERIAN PROTEGERNOS (¿cuántos policías corruptos trabajan para delincuentes? -echarles un número no?? ).
Expuesto ésta entrada creo que queda muy claro mi postura al considerarme partidario de la idea que al tener leyes más firmes, rigurosas y sobre todo tocar puntos controversiales como una "pena de muerte", aumento de salarios a policías y corporaciones judiciales, mejor armamento, mejores condiciones para el ejército entre otros muchos puntos, DEBEN ser materia de análisis profundo, para definir y situar una política real y fidedigna de COMBATIR AL CRIMEN.

Por último concluyo con la multicitada cita reflexiva del pensador y escritor político británico Edmund Burke: "El Mal triunfa cuando los hombres buenos no hacen nada"
Refilón: ¿Hombres Buenos?... ¿quiénes?

viernes, 12 de marzo de 2010

Derecho Laboral Burocrático... Una verdadera odisea!!

Iniciando hoy con este tema alejado un tanto del marco del Derecho Fiscal, me tomo la apertura de escribir una entrada respecto a una rama un tanto "controversial" del Derecho; en particular opto por referirme al Derecho Laboral Burocrático.


Decir mucho sobre su reglamentación, vicios y criterios ambivalentes de los Órganos Jurisdiccionales pertinentes de conocer sobre la materia, llevan a la triste conclusión de que resulta una verdadera odisea representar a los trabajadores de las Dependencias Gubernamentales, definitivamente la balanza de la Diosa Temis de su mano izquierda está completamente inclinada a favor del patrón (en este caso: el Gobierno). Tal manifestación sin lugar a dudas pudiera ponerme en un escenario peligroso y amenazado con la filosa espada de la argumentación jurídica de otros múltiples abogados laboralistas; Sin embargo mi óptica personal trasciende al plano práctico que me permite opinar al respecto, bien dice el dicho: "Uno sirve de platicar como le fue en la feria" y su servidor dejando de lado la visión partidaria del caso en concreto resuelto por H. Tribunal de Arbitraje del Estado de Baja California (que he de decir me resulto favorable a lo esperado...), los llamados términos judiciales pertinentes para la resolución de las etapas procesales y los vicios reiterados presentes en las distintas formas de interpretación jurídica de una ley que es un tanto rebuscada durante el cauce y desarrollo de mi procedimiento laboral; fueron parcialmente transgredidos por notables alegorías y fundamentaciones triviales de los criterios interpretativos pobres utilizados en las Secretarias del Juzgado e inclusive fundamentado constantemente por inexcusables razones respecto a la carga y exceso de trabajo de las mismas, lo cual refleja el compromiso escaso del personal ahí a cargo.

Y por favor!! ni hablar de las relaciones humanas que deben conducirse en un margen de respeto, sinceridad y actitud de servicio incuestionable que por hoy día son TOTALMENTE DEFICIENTES a mi muy real entender. Pudiera citar numerosos ejemplos del caso planteado pero siendo lo más objetivo posible no creo necesitar de herramientas viscerales para mostrar lo evidente.

En cuanto a la diligencia legal de sus propios asuntos llego a preguntarme de manera muy personal ¿Cuántos abogados optan por manejar un juicio de amparo indirecto a la par de sus asuntos laborales, para poder darle así mayor celeridad al cauce y desarrollo de sus procedimientos culminados en un laudo favorable que respete en demasía los tiempos legales?
Con toda honestidad del mundo carezco de la respuesta correcta total y rotundamente, pero he de decirles que el negocio que representa la defensa de un trabajador es un negocio "redituable" desde un punto de vista meramente económico ya que el abogado podrá cotizar varios procedimientos en uno por ponerlo en una explicación de forma sencilla y llana.

Yo generalmente soy de la idea que una representación de un trabajador debe conducirse en un margen de palabras y cuentas claras por ambas partes pero la propia naturaleza viciada de este tipo de procedimientos, personal en ocasiones deficiente y "obscuridades legales" no lo permite al momento, ejemplifico: Una audiencia conciliatoria, no hay tal figura jurídica a pesar de estar contemplada totalmente en la Ley Federal del Trabajo de aplicación supletoria concretamente en su artículo 876 donde en la praxis se limita el/la Secretaria(o) de Acuerdos a preguntar si hay posibilidad de conciliación o no.

Por mi parte al ser yo mi propio representante contemple la posibilidad de un arreglo que llevara parcialmente a la solventación de mi controversia laboral que concluyera en la correcta ubicación de mi status como trabajador de base y el pago de unas prestaciones adeudadas; pero la negativa de una apoderada legal "eficiente" más no facultada para tomar ese tipo de decisiones, origino la litis inicialmente contemplada.

No puedo ni me atrevo a criticar el desenvolvimiento de mi contraparte, pero si puedo observar como las "relaciones", la interacción diaria de trabajo y la identificación de las Licenciadas es algo contundente prácticamente el desconocido y completamente desapercibido era YO, no importaba mi mucha o poca experiencia laboral, no importaba si ostentaba un título de Licenciado en Derecho, no importaba nada de eso. Simplemente si te conocen o no te conocen...

La balanza empieza a inclinarse y la lucha va tomando partido de inicio pero una buena preparación puede contra eso y más. El derecho laboral burocrático y los procesos de representación del trabajador versan en puntos consistentes:
a) El reconocimiento de una calidad como trabajador: TRABAJADOR DE BASE ó DE CONFIANZA.
b) La naturaleza de sus funciones laborales y los accesorios derivantes de las mismas: una antigüedad, salario, jornadas extraordinarias (en caso aplicables), despidos injustificados, indemnizaciones entre otros...

Haciendo énfasis de no contemplar clases de Derecho Laboral es menester hacer el anterior señalamiento que dichas figuras tipificadas en la ley son precisas, claras pero en un ámbito aplicativo práctico ya que el interpretativo es cuan más reitero: una "paradoja ambivalente".
Que decir de las fundamentaciones legales, ¿Dónde queda la Ley Federal Reglamentaria del artículo 123 constitucional apartado "B"?

Una pregunta sin total respuesta aparente... Definitivamente no tengo un enfoque más positivo que decir al respecto. Mi asunto por hoy se encuentra en una etapa de seguimiento continuo para exigir al Tribunal de Arbitraje del Estado de B.C. y a su superior jerárquico un Tribunal Colegiado de Circuito el respeto y acatamiento de un laudo ganado; Pero atendiendo a los principios de JUSTICIA RAPIDA Y EXPEDITA (vaya ilusión no creen???) veremos cuándo podré gozar del cumplimiento de sentencia a manera de laudo dictado desde noviembre del año pasado y poder así disfrutar de los beneficios de una contienda "bien ganada" que se desenvolvió en un escenario oscuro lejos de la luz que ilumina la Justicia por parte de una contraparte...viciada.
Estoy en el mes de Marzo... Veremos lo que sigue.